Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, contra la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaró con lugar la demanda por reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano José Romero en contra de la Asociación Civil Colegio Macaracuay. En consecuencia se condena en costas a la parte demandada del resultado de la pretensión, por haber resultado totalmente vencida, todo de conformidad con las previsiones del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se modifica la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en cos.....