Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana LETICIA QUIÑONEZ DOMINGUEZ, en representación legal de su hija, la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de trece (13) años de edad, en contra del ciudadano MARIO ALEJANDRO VASQUEZ AQUINO. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de 0,32 salarios mínimos urbanos, es decir, DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo),