Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación intentado por el apoderado judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 11 de enero de 2007, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano Carlos José Escalona Quintero contra Alcaldía del Municipio Libertador. En consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, correspo.....