Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por la ciudadana NITSSY JHANETT GOMEZ PACHECO, contra las empresas CORPORACION RAMY C.A, TODO A 25.COM C.A. y en consecuencia se condena a las empresas demandadas a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: Por prestación de antigüedad: siete mil trescientos treinta y tres bolívares fuertes con quince céntimos por 55 días (Bs. F 7.333,15); Por bono vacacional novecientos treinta y tres bolívares fuertes con treinta y tres céntimos por 7 días (Bs. F 933,33); Por vacaciones dos mil bolívares fuertes por 15 días (Bs. F 2.000); Por utilidades dos mil bolívares fuertes por 15 días (Bs. F 2.000); Indemnización por despido injustificado cuatro mil bolívar.....