este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES CIEN MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.100.000,00); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción y al escrito libelar, los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales; vacaciones fraccionadas; bono vacacional fraccionado; y utilidades fraccionadas, y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, contra Banco Provincial, cheque Nº00097201, de fecha 04 de agosto de 2016; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y no menos importante el ar.....