En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos PEDRO JOSE IZQUIERDO MOLINA Y ALEJANDRO JOSE IZQUIERDO CORONADO ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo.-
SEGUNDO: En consecuencia se condena a la parte demandada HERMANN ALEXANDER MEDINA GONZALEZ y JOSE ALFREDO UZCATEGUI RAMIREZ ampliamente identificado, a pagar a la parte actora la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 290.000,00), debidamente indexada
TERCERO: No hay condenatoria en consta por no resultar totalmente vencida, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Eje.....