Es por ello, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR la pretensión realizada por los Dres. Borges Prim, Maria de los Ángeles Machado y Diurkin Bolivar Lugo, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nºs V- 12.765.659, V-6.217.505 y V-12.956.163, respectivamente Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matriculas Nros. 91.625, 197.893 y 97.465, quienes actúan en su condición de Apoderados Especiales de la ciudadana E.O.O.D.M. , ya que no se evidencia a las actuaciones que cursan en este Juzgado que hayan consignado anexo a su escrito contentivo de su pretens.....