Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente la solicitud de medida cautelar de suspensión del acto administrativo N° 0401-2012 dictada por Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y el Estado Vargas (Diresat-Capital-Vargas), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en fecha 16/08/2012., a favor del ciudadano NELSON JOSE FALCON, formulada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo los N° 145.284, en su carácter de apoderado judicial de la accionada ALSTON VENEZUELA, S.A. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN