(...)Con base a lo expuesto , este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA por el territorio para conocer de la presente acción de nulidad, interpuesta por el Municipio Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, contra la Providencia Administrativa N° 162-2009, de fecha 19 de marzo de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio", con sede en Guatire, del Estado Miranda, con motivo al procedimiento de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoado por el ciudadano JOSE MANUEL SUTIL a favor de los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas.
SEGUNDO: Plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, y en consecuencia, ordena remitir las presentes actuaciones a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.(...)