Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, interpuesta por la Sociedad Mercantil INGENIERIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y PREFABRICADOS C.A. (INCOPRECA) en contra del ciudadano JOSÉ VICENTE RODRÍGUEZ LÓPEZ, en consecuencia, PRIMERO: Se condena al demandado JOSÉ VICENTE RODRÍGUEZ LÓPEZ a pagarle debidamente indexada la cantidad de OCHO MILLONES DOSCIENTOS QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 8.500.000,00) a la Sociedad Mercantil INGENIERIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y PREFABRICADOS C.A. (INCOPRECA), por concepto de REINTEGRO de la suma que recibió según el documento autenticado ante la Notaría Pública Octava del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 11 de julio de 2012, anotado bajo el Nº .....