Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha 12-06-2018, por la ciudadana María Elena Renzella Di Giandomenico, en su carácter de víctima, debidamente asistida por el ciudadano Abogado Ramón Canela Guillen y la ciudadana Abogada Sonia Fortín Neira, apoderados judiciales de la víctima, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo (02º) Itinerante en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13-03-2018, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano PEDRO .....