Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia interpuesta en fecha 01 de noviembre de 2007, por la abogada Marielba Barboza contra la sentencia de fecha 29 de octubre de 2007 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo de la intimación de honorarios profesionales interpuesta por la mencionada abogada contra YERI MOTORS C.A., YORI MOTORS C.A. Y DIREMPRES DE VENEZUELA. SEGUNDO: COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte seleccionado por distribución, para que conozca de la intimación de honorarios intentada por la Mari.....