DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del procedimiento efectuado por el Abogado José Hermes Araujo Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.031, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSALBA ROCIO PRADA CANELÓN, parte actora en el juicio que por extinción de hipoteca incoara en contra de la sociedad de comercio BFC BANCO FONDO COMÚN C.A, BANCO UNIVERSAL, ambos identificados al inicio de este fallo, quedando por tanto HOMOLOGADO, en consecuencia, extinguida la instancia.