Este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, SECUESTRA un inmueble constituido por una (1) parcela de terreno y la casa quinta denominada Guaireña sobre ella existente, distinguida con la parcela numero 31 de la zona C, según el plano general de la Urbanización, el cual fue agregado al cuaderno de comprobantes del documento o parcelamiento de la Urbanización Macaracuay, protocolizada el día 24 de abril de 1.962, en la oficina subalterna de Registro del Distrito Sucre (Hoy Municipio Sucre) del Estado Miranda, con el número 11, folio 69, del protocolo primero, tal y como lo indica el cuerpo de la comisión........................,