En fuerza de las consideraciones anteriores, esta Sala de Juicio Nro. 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos CESAR EDUARDO HERNANDEZ ZAMORA y AURA DOLORES CABALLERO PACHECO, plenamente identificados anteriormente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído en el lugar y fecha indicado en la primera parte de este fallo.
Por cuanto el ciudadano, cumplió la mayoría de edad, esta Sala de Juicio no tiene nada que decidir al respecto.