Por las consideraciones expresadas en la motivación de este fallo, este Tribunal Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia de fecha 30/01/03, dictada por el extinto Juzgado Noveno de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR el reenganche de la trabajadora: HILDA ENID SEVILLA GONZALEZ, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de su separación del mismo, sin el pago de salarios caídos. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado en los términos expresados en la parte motiva y dispositiva del presente fallo. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.