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Decisiones del dia 10/01/2007 |
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N° Expediente :
AP51-S-2006-001951
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N° Sentencia :
PJ0012007000003
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Fecha: 10/01/2007 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: JUAN JOSE FREITAS GALLARDO Y GLADYS ELENA BRITO FARIÑA. |
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio I, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JUAN JOSE FREITAS GALLARDO y GLADYS ELENA BRITO FARIÑA. Venezolano y Venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.865.959 y V.-11.070.996, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil.- En consecuencia queda disuelto por Divorcio el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en el lugar y fecha indicado.
En relación a la guarda de la niña y el adolescente GEORGINA JOSELEIN y HENRY JOHAN FREITAS BRITO, de once (11) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, corresponderá a la madre; la Patria Potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la obligación alimentaria el p.....
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Juez/Ponente:
Agueda Dominguez
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Organo:
Sala Primero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
AP51-S-2006-001951
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N° Sentencia :
PJ0012007000003
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Fecha: 10/01/2007 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: JUAN JOSE FREITAS GALLARDO Y GLADYS ELENA BRITO FARIÑA |
Resumen:
II
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio I, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JUAN JOSE FREITAS GALLARDO y GLADYS ELENA BRITO FARIÑA. Venezolano y Venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.865.959 y V.-11.070.996, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil.- En consecuencia queda disuelto por Divorcio el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en el lugar y fecha indicado.
En relación a la guarda de la niña y el adolescente (X) de once (11) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, corresponderá a la madre; la Patria Potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la obligación alimentaria el padre se compromete a aportar la cantid.....
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Juez/Ponente:
Agueda Dominguez
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Organo:
Sala Primero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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