III
Por las razones antes expuestas, esta Juez Ponente Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSION EN DIVORCIO de dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que une a los ciudadanos YGNACIO ANTONIO LINARES MENDEZ y MARIA MERCEDES TERRERO FELIZ, el cual fue contraído en fecha catorce (14) de junio del año dos mil uno (2001), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), y ASÍ SE DECIDE.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD de los niños (...), de seis (06) y nueve (09) años de edad, respectivamente, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, mi.....