Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Dra. Marjorie Acevedo Galindo, Jueza Titular del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Según lo expuesto en la motiva, se fijará la audiencia oral y pública ante esta Alzada del asunto AP21-R-2007-001430, el tercer (3er) día hábil siguiente a la presente fecha. Así se decide. Diríjase oficio a la Jueza inhibida.