declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO de conformidad con las previsiones del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, todo en el juicio interpuesto por la ciudadana Liliana Irene Correa Ramos por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales contra el Instituto Autónomo Hospital Universitario de Caracas.
No se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.