En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MELIDA CENOVIA SERRADA contra la FUNDACIÓN MISIÓN PIAR. SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a la actora, tomando en consideración un tiempo de servicio comprendido entre el 16 de agosto de 2010 al 5 de noviembre de 2010, es decir, 04 meses y 20 días, así como el un salario normal mensual de Bs. 5.000,00, es decir, diario de Bs. 166,66 y un salario diario integral de Bs. 193,46 (que comprende las alícuotas de bono vacacional a razón de 07 días de salario de Bs. 2,8 y la alícuota por bonificación de fin de año a razón de 90 días de salario de Bs. 24,00, de conformidad con lo previsto en el artículo.....