En consecuencia, al no constar en las actas procesales, algún indicio que haga posible la aceptación o admisión de la tercería propuesta por la representación judicial de la demandada JARDIN DES CREPES C.A, este Juzgado la declara inadmisible por no cumplir con las exigencias previstas en los artículos 53 y 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el artículo 382 del Código de Procedimiento Civil aplicable por analogía al proceso laboral a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se declara.
Se ordena la notificación de la presente decisión. Una vez que conste la notificación de las partes se procederá a fijar por auto separado la oportunidad para celebrar la audiencia preliminar.