Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora recurrente contra de la decisión de fecha 17/12/2010, dictada por el juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FRANCISCO LARA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 12.297.013 en contra de la entidad Bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A. TERCERO: Se confirma el fallo recurrido; CUARTA: Se condena en costas de conformidad del artículo 60 de la L.O.P.T.R.A.