En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 14 de mayo de 2014, la cual queda modificada en los términos de este fallo. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda por diferencia de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, que sigue, JAQUELINE TERESA AGUILAR RODRÍGUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.679.958; contra la entidad de trabajo, C.A. METRO DE CARACAS, inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 08 de agos.....