este Juzgado CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: la HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la parte recurrente la entidad de trabajo BANCO VENEZOLANO DE CRÉDITO, S. A., BANCO UNIVERSAL. No hay condenatoria en costas.