Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 26 de julio de 2005, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra el fallo apelado. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana JOSEFINA ANGUL0 DE FERNANDEZ contra PRODUCTOS EFE S.A., se condena a la demandada a pagar la cantidad señalada en la parte motiva. CUARTO: SE MODIFICA el fallo apelado. QUINTO: No hay condenatoria en costas.