En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano LUÍS JOSÉ MARCANO contra la FUNDACIÓN ROMÁN CÁRDENAS. SEGUNDO: No se condena en costas al actor, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.