DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por Acción Mero Declarativa incoara el ciudadano ANTONIO EDMUNDO PEREIRA DE CONCEICAO, en contra de la sociedad mercantil PROMOTORA H.F., 1993, C.A., y los ciudadanos ADELA FENTE DE HURTADO y LUIS ANTONIO HURTADO, todos identificados en el encabezado del presente fallo.