Se levanto acta de mediación en virtud que ambas partes llegaron aun acuerdo transaccional por la cantidad de Bs. 2.000.000 más la entrega de la 1402 a la actora para que reclame la indemnización por su periodo de reposo pre y post natal ante el S.S., la cantidad expresada la recibe en este acto en cheque a favor de la actora el apoderado judicial de la misma. Se homologa el acuerdo, se da por terminado el asusnto y se ordena el cierre y archivo del expediente.