-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: PAOLA PEREZ VAZQUEZ y JOHNNY CASTRO LUZARDO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.358.736 y V-12.470.141, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador, del Distrito Capital, en fecha primero (1ero) de Septiembre del año 2004, según consta de acta de matrimonio Nº 87, del libro de matrimonios correspondientes al año 2004.-
Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión conyugal, no hay.....