Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por SANTIAGO MARTIN CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 9.246.507, en contra de SALON DE BELLEZA SALVATORE E GAETANO, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 01 de octubre de 2004, bajo el Nº 12, Tomo 78-A-Cto; y ADMINISTRADORA J40, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de octubre de.....