este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES NOVECIENTOS SESENTA MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.960.000,00); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción y el escrito libelar, los siguientes conceptos: garantía de prestación social; intereses sobre prestaciones sociales; 21,25 días de vacaciones; 21,25 días de bono vacacional; 42,5 días de utilidades; e indemnización especial; y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, el cual fue girado a favor del Trabajador, contra Banco Banesco Banco Universal, cheque Nº24792111, de fecha 03 de marzo de 2016; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artícu.....