Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: : PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra de la decisión de fecha 18 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la actora contra de la decisión de fecha 18 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas TERCERO: se revoca el fallo apelado. CUARTO: CON LUGAR la defensa de cosa Juzgada alegada por la representación Judicial de la parte demandada QUINTO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano TO.....