Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda propuesta por INGRID IRAIDY ORMASA DELGADO contra OLIVER JOHAN CABRERA GORRIN por NULIDAD DE MATRIMONIO, en consecuencia, PRIMERO: Se declara NULO el matrimonio Civil celebrado el día 12 de diciembre de 1996 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, entre INGRID IRAIDY ORMASA DELGADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.905.354 y OLIVER JOHAN CABRERA GORRIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.544.637. El acta de Matrimonio quedó anotada bajo el No. 152 en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1996. SEGUNDO: Se condena a l.....