En este orden de consideraciones, y de la revisión de dicho acuerdo se deja constancia que el ciudadano JHONNY FAIM CEBA, cédula de identidad NºV-6.449.701, conviene en la cláusula quinta en efectuar el pago de la experticia complementaria del fallo. No obstante, este Tribunal observa que en fecha 02 de junio de 2009, se designó al ciudadano COSME PARRA, cédula de identidad NºV-5.639.583, como experto contable, al cual se le libró Boleta de Notificación y se le juramentó en fecha 15 de junio de 2009, y presentó experticia complementaria del fallo en fecha 01 de julio de 2009, estimando sus Honorarios Profesionales en la cantidad de Bs.F.16.240,00. Asimismo, en fecha 16 de julio de 2009, el Tribunal decretó la ejecución forzosa y señaló en el texto de dicho decreto la orden de pagar los Honorarios Profesionales del ciudadano COSME PARRA, cédula de identidad NºV-5.639.583, en la cantidad de Bs.F.16.240,00.
En consecuencia, atendiendo a la sentencia supra señalada y a la actividad d.....