En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por la empresa KOLVENTEX CORPORACIÓN C.A., contra el Acto Administrativo dictado por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador (Sede Norte) en fecha 01.02.2013 en el expediente signado con el nº 023-2013-01-00327. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Notifíquese a la Procuraduría General de la República la presente decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-