Este Tribunal observa que consta al folio trece de las actuaciones acta de audiencia desarrollado bajo los parámetros de los Artículo 93 y 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la cual la Jueza para el momento del acto acordó que el procedimiento continuara bajo las condiciones del artículo 94 ejusdem, considerando acreditar, la presunta comisión del delito de Actos Lascivos previsto y sancionado en el artículo 45 ibidem, ello en virtud de la presentación que hiciera el Ministerio Público ante este Tribunal en la fecha in comento en virtud de la denuncia que interpusiera la víctima ante el organismo policial del Municipio Chacao; dicho organismo policial luego de tomar la denuncia e identificada la víctima tomo entrevista a un transeúnte que se encontraba en el lugar donde ocurrieron los hechos, motivo por el cual fue aprehendido el imputado; ahora bien, transcurrido cinco (05) meses desde el inicio de la investigación el Ministerio .....