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Decisiones del dia 10/10/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 554-03 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2007
Procedimiento:
Audiencia Preliminar
Partes:
FISCAL AUX. 112 DEL M.P Y DEFENSA PÚBLICA Nº 04
Resumen:
PRIMERO: se ADMITE EL ESCRITO DE ACUSACIÓN en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 578, Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en contra del Joven adulto XXXX, plenamente identificado en autos anteriores, por la comisión del ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal Vigente para el momento de comisión de los hechos, en virtud de que el mismo reúne los requisitos exigidos en el Artículo 570 de la Ley Ejusdem, igualmente, ADMITE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS , SEGUNDO: Visto lo manifestado por el Joven de autos, en ésta última exposición, así como lo solicitado por la Defensa Pública Penal de Adolescentes Nº 4, se acuerda sancionar de manera inmediata en razón de la Admisión de los Hechos pronunciada de manera voluntaria por el mismo, evidenciándose que el Ministerio Público solicitó la SANCIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, establecida en el Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Prot.....
Juez/Ponente:
Morelys Caraballo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 554-03 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2007
Procedimiento:
Audiencia Preliminar
Partes:
FISCAL AUX. 112 DEL M.P Y DEFENSA PÚBLICA Nº 04
Resumen:
PRIMERO: se ADMITE EL ESCRITO DE ACUSACIÓN en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 578, Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en contra del Joven adulto XXXX, plenamente identificado en autos anteriores, por la comisión del ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal Vigente para el momento de comisión de los hechos, en virtud de que el mismo reúne los requisitos exigidos en el Artículo 570 de la Ley Ejusdem, igualmente, ADMITE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS , SEGUNDO: Visto lo manifestado por el Joven de autos, en ésta última exposición, así como lo solicitado por la Defensa Pública Penal de Adolescentes Nº 4, se acuerda sancionar de manera inmediata en razón de la Admisión de los Hechos pronunciada de manera voluntaria por el mismo, evidenciándose que el Ministerio Público solicitó la SANCIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, establecida en el Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Prot.....
Juez/Ponente:
Morelys Caraballo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 554-03 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2007
Procedimiento:
Resolucion Judicial
Partes:
FISCAL AUX. 112 DEL M.P Y DEFENSA PÚBLICA Nº 04
Resumen:
DECISIÓN Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto (05º) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PENALMENTE RESPONSABLE al Joven Adulto XXXX. y en consecuencia, impone la sanción de OCHO (08) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento de la comisión del hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Juez/Ponente:
Morelys Caraballo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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N° Expediente : 1001-07 N° Sentencia : Fecha: 10/10/2007
Procedimiento:
Incumplimiento De Condiciones
Partes:
DEFENSA PÚBLICA N° 10 Y FISCAL 113° DEL M.P
Resumen:
.Visto que se ha dado este lapso de prorroga para que se cumpla lo establecido en esta Audiencia, es por lo que ese Tribunal concede dicha prorroga por el lapso de TRES (3) MESES, quedando suspendido el proceso a prueba por el lapso señalado anteriormente. Se le informa al adolescente que el cumplimiento e las obligaciones aquí contraídas, haría procedente que el juez de Control acuerde el Sobreseimiento Definitivo, previa solicitud del Ministerio Público, en caso contrario, se proseguirá con el procedimiento todo ello conforme a lo previsto en los artículo 567 y 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se le advierte al adolescente que cualquier cambio de residencia o de domicilio deberá ser comunicado al Ministerio Público y a este Despacho. TERCERO: Se designa al representante legal del mencionado adolescente como la persona que se encargará de ka supervisión de las obligaciones decretada, por considerar este Tribunal que dicha persona e.....
Juez/Ponente:
Morelys Caraballo
Organo:
Tribunal Quinto de Control L.O.P.N.A.
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