-IV-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JACQUELINE DEL CARMEN QUINTERO RAMIREZ Y ROGEL ANTONIO OTAMENDI QUINTERO venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nros 10.115.053 Y V-10.457.561, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 03 de mayo de 1991, ante la Jefatura Civil de la Parroquia 23 de enero del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 55, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1991, la cual corre inserta al folio 03 su Vto., y 04 del presente expediente.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión .....