Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: La Incompetencia por la materia de este Juzgado, para conocer de la presente acción. Segundo: Se plantea el Conflicto Negativo de Competencia, y se ordena remitir el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales respectivos.