Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Judiciales De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (vencimiento de prórroga legal) sigue el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ GONZALEZ contra NIQUELADO Y CROMADO DE CHACAO, C.A., (partes plenamente identificadas en autos), y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Hacer entrega material a la parte actora, del inmueble constituido por un local de comercio marcado con el Nro. 56, ubicado en la Calle Las Mercedes (ahora Avenida Andrés Galárraga) del Municipio Chacao del Estado Miranda, totalmente desocupado de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones de uso y conservación en que lo recibió.
Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago d.....