PRIMERO: Diferir la audiencia para el día MIERCOLES 17-01-07 a las 11:000 horas de la mañana. SEGUNDO: Oficiar a la Entidad de atención Integral Ambulatoria para el Adolescente no Privado de Libertad a los fines que sirva de enlace en la entrega de la boleta de notificación dirigida al sancionado de autos. TERCERO: Libar boleta de notificación al joven de autos. CUARTO: Quedan las partes notificadas del contenido de la presente acta con su lectura y firma, de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.