En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal INSTA a la ciudadana MARÍA ANGÉLICA GUTIÉRREZ RAMÍREZ a comparecer personalmente ante este Tribunal a tramitar su divorcio, o en su defecto, a ratificar las actuaciones producidas en este expediente por su apoderada general y otorgar el respectivo poder especial para la tramitación de esta demanda, si es su voluntad seguirla mediante mandatario, y con sus resultas se proveerá lo conducente sobre su admisibilidad.-