Se dictó Sentencia Dfinitiva, mediante el cual se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Pretensión intentada por el ciudadano DONATO ROGELIO PÉREZ NAVARRO contra la ciudadana LOURDES FILIPA MONIZ. SEGUNDO: CON LUGAR la petición de Desalojo intentada por la parte actora contra la demandada, antes identificados. En consecuencia, Se CONDENA a la demandada a hacerle entrega a la parte actora el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 1, ubicado en el piso 1, del edificio Mis Pensamientos, con frente a la calle José Félix Rivas, Municipio Chacao, Estado Miranda.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.