Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al Convenimiento celebrado entre las partes en fecha 02 de Febrero de 2011, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) tiene incoado JOSÉ A. MORA contra INVERSIONES BEBE¿S, C.A. Y FRANCISCO GUSTAVO REY y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y DÉJESE COPIA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS DEL TRIBUNAL.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los Once (11) días del mes de Febrero de Dos Mil Once (2011).- Años: 200º y 151º.
LA JUEZ,
Abg. IRENE GRISANTI CANO.
LA SECRETARIA,
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