Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud formulada por la ciudadana Ana Carolina Ferrer, plenamente identificada en autos, en cuanto a la rectificación del acta de su respectiva partida de nacimiento, inserta en fecha 13 de junio de 2003, con el nº 1167, folio nº 363, Tomo 03, en el libro de registro civil de nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Autónomo Chacao, estado Miranda, durante el año 2003.
Segundo: Se ordena rectificar la inexactitud en los términos siguientes: donde se lee "Ana Carolina Rodríguez" debe leerse: "Eduviges Ferrer Carrero".
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil del Municipio Autónomo Chacao, estado Miranda, y al Registrador principal del estado Miranda, a los fines de da.....