Finalmente, este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, salvo lo ut supra indicado, cuyo monto fue por BOLÍVARES VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs.23.542,60), que comprende de acuerdo al contenido de la transacción los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales (antigüedad); intereses sobre prestaciones sociales; 9.92 días de vacaciones fraccionadas 2015-2016; 9.92 días de bono vacacional fraccionado 2015-2016;; por lo que de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, se deja sin efecto alguno el oficio de fecha 02 de febrero de 2016, librado a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC). Finalmente, una vez precluya el lapso de im.....