Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 25 de enero de 2010 por el Juzgado Vigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por el ciudadano Héctor de Ávila en contra de la empresa Constructora Ramses F.G. c.a., que declaró con lugar la acción intentada por la parte actora. SEGUNDO: En consecuencia se condena a la parte demandada al pago indicado expresamente en la parte motiva del presente fallo. Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte dema.....