Por los razonamientos antes expuestas este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la falta de cualidad pasiva del ciudadano GRUBER JESUS ASCANIO GARCIA en su carácter de parte demandada, en consecuencia DESECHADA LA DEMANDA de DESALOJO, intentada por INMOBILIARIA RA-SU, C.A.
Se condena en costas del proceso, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, a la parte actora.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.