En virtud de los razonamientos anteriormente realizados, este Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos HENRY JOSELITO PINZÓN MENDEZ, JOSÉ LUIS LEAL BRICEÑO, LUIS GUILLERMO AGUILERA GUZMÁN, ROIBER ENRIQUE BRICEÑO VASQUEZ, SAMUEL DARIO ALVARADO LARA, FRANKLIN YASER AVENDAÑO MARQUEZ, JEAN CARLOS PINO, YEINNI JHAKELINE RIVAS VELASQUEZ, contra la empresa CARACAS THEATER CLUB. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la actora la cantidad de UN MILLÓN SETESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL VEINTICINCO BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs. 1.786.025,8), por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: Se ordena la designación de un solo experto contable, cuyos honorar.....